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viernes, 17 de septiembre de 2010

AES por el derecho real a la vivienda.

Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna, adecuada al número de hijos que tenga. Pese a la crisis inmobiliaria, previsible e irremediable por la falta de actuaciones, y la desaceleración del precio de la vivienda, para la mayoría de los españoles, y especialmente para los jóvenes, sigue siendo un bien cada vez más inalcanzable.

El elevado precio de la vivienda, que hace imposible que sea real el reconocimiento constitucional del derecho a la vivienda, tiene su origen en un mercado especulativo del que ha sido responsable tanto el Gobierno como las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos y la desviación de la inversión hacia el ladrillo.

Los organismos económicos internacionales han estimado que la vivienda en España está sobrevalorada en un 15%-20%; a ello debe añadirse el 20% que corresponde a los impuestos directos e indirectos que la gravan. A ello se suman los costes derivados de la burocracia que causa demoras en la aprobación del ordenamiento de un suelo.

Ante esta realidad, resulta evidente que una acción positiva por parte de las administraciones, reduciendo cargas y acelerando trámites, permitirá la reducción del precio de la vivienda para aquellos sectores sociales que lo necesiten. Al mismo tiempo, el incremento de la oferta someterá el mercado a la realidad de la oferta y la demanda, enfrentando a los promotores con una realidad objetiva que evitará la política abusiva de precios o la especulación sobre el suelo. Todo ello permitirá hacer descender los precios en cifras cercanas, como mínimo, al 30%. La accesibilidad es la que permitirá reflotar un sector que se enfrenta a una durísima crisis.

AES, dentro de las líneas de actuación descritas, propone que la ordenación de un suelo, ya sea mediante la aprobación de un nuevo Plan General, por modificaciones puntuales del mismo o por el simple desarrollo del propio Plan General mediante PAUS y/o planes parciales, se lleve a cabo en un plazo máximo de cuatro meses y en caso contrario se considere aprobado por silencio administrativo. Aprobada la ordenación del suelo, el promotor deberá iniciar las obras en el plazo máximo e improrrogable de dos meses, evitando de esta forma la especulación sobre suelo ordenado; transcurrido dicho plazo el suelo no tendrá derecho adquirido alguno. Esto pondrá en el mercado suelo suficiente para acabar con el incremento dramático del precio del suelo.

AES propondrá que las licencias de construcción se concedan en un plazo máximo de tres meses, bajo la responsabilidad del arquitecto director de la obra. En caso contrario se consideraran aprobadas por silencio administrativo.

AES pedirá que las cesiones a los Ayuntamientos del aprovechamiento urbanístico sólo se realicen respecto de zonas dotacionales y no de residenciales, comerciales o terciarios. El Ayuntamiento no podrá permutar el aprovechamiento por valor dinerario alguno. Los modelos de urbanización y servicios estarán definidos para cada zona y no serán objeto de apreciación subjetiva alguna.

AES quiere que las viviendas de nueva construcción, que cuenten con algún tipo de protección, destinadas a jóvenes matrimonios (ninguno de los cónyuges superará los treinta y cinco años) estén exentas del impuesto de actos jurídicos documentados. Además, el IVA les será rembolsado por la Comunidad en forma de subvención. En este tipo de promociones el Ayuntamiento no cobrará tasas ni impuestos por razón de la ordenación y construcción.

AES pedirá que se amplíen a las familias numerosas las mismas condiciones de exención anteriormente reseñadas. Exigiremos la incorporación a la normativa municipal y autonómica, que rige las viviendas de protección (en cualquiera de sus fórmulas), de una nueva figura que será la de Viviendas para familias numerosas. Éstas tendrán un 50% más de superficie que las normales, gozando de los mismos privilegios que las anteriores. Estas viviendas estarán reservadas para familias con más de cuatro hijos.

AES propondrá que se aplique un tipo reducido en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales a la adquisición de viviendas de segunda mano por matrimonios jóvenes o familias numerosas. Tampoco se devengará el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos por la transmisión de la vivienda habitual de una familia numerosa, siempre que se adquiera otra vivienda de mayor superficie y el cambio haya sido motivado por un aumento del número de hijos.

AES, que es partidaria de una política de acceso a la propiedad de la vivienda, entiende que, teniendo presente la situación actual, es preciso compatibilizar esta orientación con políticas de viviendas de alquiler. Para ello se habilitará el “derecho de opción de compra” a favor del inquilino por un plazo de cinco años, computándose, de ejercerse la opción, como parte del precio el 66% de las rentas pagadas.

AES impulsará la construcción y adjudicación de Viviendas Protegidas, bajo condiciones no especulativas, con sistemas mixtos de alquiler-compra, con precios máximos fijos, para jóvenes.

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